
El presidente Daniel Noboa, mediante Decreto Ejecutivo 146, dispuso una restricción de la libertad de tránsito en las provincias de Imbabura, Carchi, Cotopaxi, Chimborazo y Bolívar. La medida estará vigente todos los días desde las 22h00 hasta las 05h00, y quienes circulen fuera del horario establecido sin justificación serán puestos a órdenes de las autoridades.
SECTOR SALUD, SEGURIDAD Y PRENSA ENTRE LAS EXCEPCIONES
El documento establece que quedan exceptuados trabajadores de la salud pública y privada, seguridad pública y privada, servicios de emergencia vial, funcionarios de la Presidencia, Vicepresidencia, ministerios, Asamblea Nacional y cuerpo diplomático, así como personal de empresas exportadoras, transporte de carga, aeropuertos, medios de comunicación, abogados con diligencias judiciales y actividades vinculadas al turismo y la educación.
El decreto faculta a la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y agentes de tránsito a exigir documentos que certifiquen la pertenencia a estos sectores. Además, el Ministerio de Gobierno podrá emitir medidas adicionales para garantizar el desarrollo de actividades laborales y académicas.
